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Por Jorge Lapeña
Como es de público conocimiento el Instituto Argentino de la Energía Gral. Mosconi participó en carácter de organismo no gubernamental en la Audiencia Pública[1] realizada en el Salón Azul del Senado de la Nación convocada como consecuencia de fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dictó una medida cautelar el 21 de Diciembre de 2016 que dispuso a raíz de la presentación realizada por la Asociación de Abogados Ambientalistas la suspensión del inicio de las obras hasta tanto se diera cumplimiento a la legislación vigente en la materia (ley 23879; Res Secretaría de Energía 718/87).
La medida cautelar de la CSJN hizo lugar a los planteos de la parte actora que argumentó con justa razón que la obra carecía de Estudios Ambientales al menos de la profundidad requerida para la ejecución de este tipo de obras de infraestructura. La Demanda fundamentó a mi criterio en forma adecuada para las circunstancias las dudas razonables que tenían en ese momento los sectores especializados sobre estas obras.
El Instituto Argentino había denunciado el 16 de marzo de 2015, a los pocos días de cumplirse los hitos para el inicio efectivo de las obras el 4 de febrero de 2015 por parte de Gobierno de Cristina Fernández mediante una comunicación pública[2].
En dicha declaración el Instituto propuso que antes de dar inicio efectivo a las obras era condición «sine qua non» lo siguiente: a) la finalización del proyecto completo de estas obras incluyendo el sistema de transmisión de Extra Alta Tensión al mercado, b) la finalización de los Estudios de Impacto Ambiental y su aprobación por las autoridades competentes, c) el completamiento de los estudios financieros demostrando la competitividad de los aprovechamientos en el mercado eléctrico argentino en el marco de un Plan Energético Estratégico; d) se determinen las instituciones a cargo de la construcción, inspección y explotación de los mismos.
La recomendación de nuestro Instituto en ese momento fue que hasta tanto estos temas no estuvieran cumplidos fehacientemente no se incurrieran en erogaciones significativas de costos en el emprendimiento.
Transcurrida la Audiencia Pública y estando pendiente todavía los dictámenes que de ella deben surgir, no son pocos los especialistas energéticos y políticos, muchos del espacio político gobernante, que me preguntan si no existe una contradicción entre la postura institucional del Instituto de marzo de 2015 y la actual. La pregunta es más que pertinente y por ello la voy a contestar con la mayor precisión posible para que no queden dudas.
LA HIDROELCTRICIDAD Y LA MATRIZ ENERGETICA
El río Santa Cruz con un caudal de 700 m3/s es después del rio Negro el más importante río nacional de la Argentina (esto excluye por supuesto a los grandes ríos internacionales como el Paraná y el Uruguay). Su potencial hidroeléctrico es importante y ha sido estudiado desde la década del 70 por la ex empresa nacional Agua y Energía Eléctrica que identificó a nivel inventario 3 aprovechamientos posibles, uno sobre el río La leona y 2 sobre el curso principal del río Santa Cruz: Cóndor Cliff (hoy Néstor Kirchner) y La Barrancosa (hoy Jorge Cepernic). Uno de sus aprovechamientos si bien en categoría inventario[3]– Ch La leona- fue incluido en el Plan Energético Nacional 1986-2000.
La energía hidroeléctrica constituye un recurso renovable[4] con abundante potencial para nuestro país que tiene alto potencial de expansión, y que no produce gases de efecto invernadero. Es lógico entonces que nuestro país haya privilegiado en el pasado y lo haga ahora y en el futuro la selección de este tipo de aprovechamientos en la búsqueda de una matriz energética menos dependiente de los hidrocarburos; menos dependiente de la importación de energía y –en las actuales y futuras circunstancias – no productora de gases de efecto invernadero.
¿QUE OBRAS DEBEN CONTRUIRSE DENTRO DE UN PLAN ENERGETICO?
No todas las obras que puedan ser proyectadas deben ser necesariamente construidas; la cuestión de qué aprovechamientos deben ser construidos y cuales postergados o desechados constituye un proceso técnico; económico y político complejo que debe ser bien comprendido, y a partir de allí bien gestionado, y fundamentalmente despojado de los componentes espurios de la política, notoriamente de la corrupción y del oportunismo demagógico que suelen acompañar a la mala política
Los proyectos se deben ir madurando antes de ser verdaderamente elegibles para integrar un Plan Energético Nacional. Antes que nada deben ser “factibles” bajo estrictas normas que aseguren su viabilidad técnica; económica; financiera y ambiental. Dicho de otro modo jamás debe decidirse la inclusión de “un proyecto no factible” en cualquiera de los cuatro puntos mencionados. Esta simple regla de oro ha sido y es sistemáticamente violada en Argentina con lamentables resultados.
Un punto importante es que Argentina no tiene desde hace más de 30 años un Plan Energético Nacional[5]; inexplicables decisiones políticas tomadas en los años 90 en conjunto con las privatizaciones dejaron de lado esta herramienta indispensable para el manejo racional del sector energético de cualquier país normal.
Es claro que en el marco de la inexistencia de la Planificación Estratégica el sector energético haya tenido los extraordinarios retrocesos que Argentina tiene imputables a esta causa en el último cuarto de siglo.
Agreguemos a modo de síntesis que el elenco de obras seleccionadas tiene que formar parte de una alternativa óptima de equipamiento que procure satisfacer la demanda energética con un mínimo costo para los usuarios, satisfaciendo además un conjunto de restricciones determinado.
SITUACION DE LOS APROVECHAMIENTOS DEL RIO SANTA CRUZ EN 2015
Es claro que para el IAE Mosconi en marzo de 2015 el aprovechamiento del río Santa Cruz contratado con el consorcio de empresas chinas y argentinas tenía los defectos mencionados que hacían no conveniente el inicio de las obras.
El IAE Mosconi puntualizó en su momento 4 razones para postergar el inicio de las obras hasta que ello fuera resuelto:
a) la finalización del proyecto completo de estas obras incluyendo el sistema de transmisión de Extra Alta Tensión al mercado,
b) la finalización de los Estudios de Impacto Ambiental y su aprobación por las autoridades competentes,
c) el completamiento de los estudios financieros demostrando la competitividad de los aprovechamientos en el mercado eléctrico argentino en el marco de un Plan Energético Estratégico;
d) Necesidad de determinar las instituciones a cargo de la construcción, inspección y explotación de los mismos.
LA SITUACIÓN EN 2017 EN LOS APROVECHAMIENTOS DEL RIO SANTA CRUZ Y LO TRATADO EN LA AUDIENCIA PÚBLICA DEL 20 DE JULIO DE 2017
En 2017 la situación ha variado en forma significativa respecto a la situación de 2015; el Gobierno nacional avanzó en tres aspectos fundamentales:
El primero de ellos en la decisión gubernamental de llevar adelante la contratación de la obra desechando la vía de la rescisión contractual.
El segundo la modificación sustantiva del proyecto original entre otras cuestiones para asegurar la viabilidad ambiental del mismo;
El tercero dar cumplimiento al fallo de la CSJN que impuso una medida cautelar obligando a cumplimentar los pasos previstos en la ley 23879 que a su vez remite a la obligación de dar cumplimiento a la Resolución de la Secretaría de Energía de la Nación718/ 87 que establece la obligatoriedad de cumplimentar antes del inicio de las obras hidroeléctricas que integren el Plan Energético Nacional deben cumplir con el “Manual de Gestión Ambiental para obras hidráulicas para aprovechamiento Energético”.
En este contexto se realizó la Audiencia Pública para analizar el cumplimiento del tercer punto es decir exclusivamente la viabilidad ambiental en los términos establecidos en el fallo de la CSJN.
LA POSICION DEL IAE MOSCONI EN LA AUDIENCIA PÚBLICA
El Instituto Argentino de la Energía General Mosconi, en la Audiencia Pública realizada en el Congreso de la Nación el 20 de julio de 2017, formuló las siguientes seis recomendaciones:
CONCLUSION
La posición del Instituto considera que lo realizado en materia de Estudio Ambiental en tanto y en cuanto se han realizado modificaciones sustanciales al proyecto y se ha cumplido con lo establecido en la normativa es suficiente para proceder al inicio de las obras punto 1) de nuestra recomendación.
Sin embargo quedan temas pendientes puntos 2) (realizar los estudios eléctricos y proyectar el sistema de Transmisión de Extra Alta Tensión para transportar la energía del complejo); y 5) de nuestra recomendación (terminar los Estudios de factibilidad económicos financieros y tarifarios) y darlos a conocer a través de un proceso transparente ya que solo así se deben dar a conocer los actos de gobierno…
Damos a su vea por supuesto que el Ministerio de Energía ha decidido incluir las Centrales Néstor Kirchner ex “Cóndor Cliff “y Jorge Cepernic ex “La Barrancosa”, en consecuencia la inclusión en ese Plan Energético Nacional que el Gobierno elabora deberá demostrar que las obras forman parte de una estrategia optima –o al menos satisfactoria- de equipamiento energético.
[1] La Audiencia Pública se realizó el 20 de Julio de 2017 y el IAE Mosconi presentó el trabajo que puede ser consultado en la página web. Ver presentación completa en: http://web.iae.org.ar/documentos-iae/aprovechamientos-del-rio-santa-cruz-consideraciones-sobre-la-audiencia-publica-20-de-julio-2017/#.WX5LJ4Q1_IU
[2] Ver Declaración del IAE Mosconi http://web.iae.org.ar/documentos-iae/la-posicion-del-iae-general-mosconi-sobre-la-construccion-de-las-obras-hidroelectricas-sobre-el-rio-santa-cruz/#.WX5M4YQ1_IU
[3] Los aprovechamientos hidroeléctricos tienen en función de la profundidad de los estudios realizados diversos grados de maduración: inventario; anteproyecto; Proyecto; Proyecto Ejecutivo.
[4] Un error frecuente es creer que la electricidad de centrales hidroeléctricas de gran magnitud no es renovables simplemente porque no se encuentra entre las energías promocionadas de la ley 27007
[5] Plan Energético Nacional 1986-2000 aprobado por Decreto PE 308/1986
[6] Resolución Secretaría de Energía 718/87