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Por Ing. Virgilio D. Di Pelino
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05/02/2016
Comisión Directiva
Declaración de la Comisión Directiva del IAE “General Mosconi”
Está en todos los medios y en la preocupación de los usuarios de todo el país. Ya se dijo reiteradas veces desde hace tiempo. Estamos siendo afectados por una importante crisis energética que el Gobierno Nacional, con buen criterio, ha sincerado ante la población y afrontado en forma decidida.
Existe una creciente demanda; los servicios son de baja calidad (cortes y dificultades), hay desinversión acumulada en virtud del exagerado congelamiento tarifario, las concesiones de servicios tienen incumplimientos contractuales, se aumentan los riesgos y el futuro se ha tornado —desde hace tiempo— incierto.
Se podría decir que hubo falta de políticas y de planificación, o se podría decir que hubo implementación de pésimas políticas. Un caso especial es el de los subsidios a la oferta, que produjeron distorsiones microeconómicas y macroeconómicas de enorme magnitud. Y esto son malas políticas. Resolver estas cosas es muy difícil, y habrá de tomar tiempo. Hay que establecer las “nuevas políticas”, el análisis de escenarios y la planificación estratégica, recomponer cuadros tarifarios, blanquear la economía de la energía, y planificar condiciones de estabilidad y crecimiento en el mediano y largo plazo. Y ante toda esta situación se debe replantear el rol del Estado, con redefiniciones y políticas concretas, y reestablecer operativamente la gestión de los Entes Reguladores a nivel nacional y provincial para la electricidad (ENRE) y el gas (ENARGAS).
El ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad) es el organismo autárquico que desde 1993 regula la actividad eléctrica y controla empresas generadoras, transportistas y distribuidoras (estas últimas de jurisdicción nacional, Edenor y Edesur), para asegurar que se cumplan el Marco Regulatorio Eléctrico y los contratos a las empresas concesionadas para la prestación de los servicios.
Son los principales objetivos del ENRE:
A partir de esta nueva instancia de Gobierno se establece la necesidad e importancia de lograr la regularización institucional y operativa del ENRE y restablecer las condiciones de cumplimiento de los roles establecidos para su funcionamiento. Un primer paso es la necesidad de designar a los miembros de un nuevo Directorio, integrado por un presidente, un vice y tres vocales, designados por el PEN con acuerdo del Congreso, conforme a la Ley 24.065 (arts. 58 y 59). Existen mecanismos de selección y renovación que configuran normas y procedimientos a cumplir. Pero deben existir además criterios y objetivos a cumplir. Planes y cambios que permitan resolver importantes problemas.
Resultará fundamental encontrar las “mejores capacidades” para la renovación de autoridades. Idoneidad, aptitud y actitud para lograr los cambios y las mejoras necesarias.
En enero pasado, por medio del Decreto 258/2016, el Gobierno ha ratificado como presidente del ENRE a Ricardo A. Martínez Leone, quien ocupaba esa función desde enero de 2014. Y también se nombran (con carácter provisorio) a los otros 4 miembros del Directorio. Este decreto, en su artículo 5°, establece que los nombramientos tienen vigencia «hasta que el PEN proceda a designar a los profesionales que resulten elegidos como resultado del procedimiento de Convocatoria Abierta que se lleve a cabo conforme al art. 58 de la Ley 24.065».
El decreto mencionado configura una medida provisoria que no resuelve las cosas en forma integral. Será entonces fundamental asegurar lo más pronto posible, la adecuada selección por mérito de las autoridades definitivas. Será básico contar con los necesarios procesos de Concurso de Antecedentes. Y se destaca la importancia de llevar a cabo Audiencias Públicas y respetar la representación de los usuarios, asegurando publicidad, transparencia y participación. Por otro lado, será bueno plantear mejoras a los mecanismos metodológicos de designación de estos directores, de modo similar al nombramiento de jueces de la Corte Suprema.
Al igual que lo que se comenta sobre la dirección del ENRE, es similar el caso del ENARGAS, en donde el Gobierno ha designado a un nuevo interventor y a un subinterventor por un plazo de 180 días. Resulta imperioso que en paralelo el Ministerio de Energía y Minería instrumente la convocatoria a concurso para la designación de los miembros de su Directorio, conforme lo normado en el Marco Regulatorio del Gas (Ley 24.076).
Por otro lado, la vigencia de las leyes 15.336, 24.065 y 24.076, que establecen los Marcos Regulatorios Eléctrico y del Gas Natural, amerita una importante revisión y reforma. Deben generarse condiciones y nuevos mecanismos tendientes a garantizar una expansión sustentable de todos los segmentos de estos servicios públicos. Este es otro tema de fondo, sobre el que hay mucho para hacer.
LA COMISION DIRECTIVA
5 de febrero de 2016